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Finanzas ablanda norma sobre fraccionamiento en compras públicas

Esta falta se comete cuando una institución compra un mismo bien por medio de varios procesos con el fin de eludir la cotización o licitación.
Por medio del Acuerdo Gubernativo 147-2021, el Ministerio de Finanzas Públicas cambió 28 artículos del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado (LCE). Una de las reformas reduce los filtros establecidos para evitar el fraccionamiento por medio de adquisiciones por subasta electrónica inversa, las importaciones de bienes y servicios y alimentos del Programa de Alimentación Escolar.

Con la reforma al Artículo 61 del Reglamento de la LCE, la cartera de Finanzas estableció que no son consideradas como fraccionamiento las compras de un mismo bien, suministro, servicio u obra a través de la modalidad de subasta electrónica inversa. Esto tampoco aplicará en las importaciones de bienes y suministros, lo cual permite a las entidades importar por excepción cuando estos no se produzcan en el país o no haya cantidades suficientes.

Otro de los cambios señala que el fraccionamiento no aplicará cuando las instituciones públicas adquieran alimentos no preparados y otros productos perecederos que presentan dificultad para su almacenamiento, cuando estos sean adquiridos “por medio del Programa de Alimentación Escolar”. La Ley de Contrataciones señala que de esta prohibición están exentos los alimentos comprados por medio del programa de Alimentación Escolar del Ministerio de Educación, pero en el Reglamento no se aclara el tipo de programa al que se refieren.

Según la LCE, el fraccionamiento ocurre cuando una unidad compradora realiza varias adquisiciones con la intención de evadir la cotización y licitaciones públicas, y el funcionario que sea hallado culpable de esta falta será sancionado con una multa equivalente al 2.5 por ciento del total de la negociación, aunque no se haya suscrito un contrato.

Los riesgos

La Guía para la investigación de delitos de corrupción, elaborada por la Agencia de Cooperación de Los Estados Unidos (USAID), indica que con el fraccionamiento se viola principios de legalidad, planeación, transparencia, economía, publicidad e igualdad en los procesos de adquisición pública, lo cual puede traer como consecuencia la pérdida del patrimonio estatal al no realizar una selección adecuada de proveedores y dentro de los procedimientos se pueden cometer delitos como cohecho, peculado y sobrevaloración.

“Para que haya fraccionamiento es necesario que se celebren varias negociaciones con el mismo objeto; así, se adquieran de diferentes contratistas. Es decir, que la compra se hubiera podido hacer en un solo proceso de adquisición. Si con esta conducta hay pérdida de recursos del Estado se constituye peculado, si no sería un abuso de autoridad”, sostiene el documento.

El Acuerdo Gubernativo 147-2021 fue publicado el 14 de julio en el Diario de Centro América, y está firmado por el presidente Alejandro Giammattei, el ministro de Finanzas, Álvaro González Ricci, y el subsecretario general de la Presidencia, Diego Montenegro.

Otros cambios

En las modificaciones al Reglamento de la LCE también se agregaron requisitos para la realización de las compras directas, las cuales tienen un monto que oscila entre los Q25 mil y Q90 mil. Ahora, los proveedores interesados en este tipo de adquisiciones deberán estar inscritos en el Registro General de Adquisiciones del Estado (RGAE), con lo cual se evitará que personas como financistas de partidos políticos, familiares de funcionarios o personas condenadas por corrupción provean al Estado por medio de estos procesos.

El nuevo reglamento también incluye la conformación de un acta de negociación, cuando se omita un contrato en las adquisiciones de bienes, suministros, servicios y obras cuyo monto no supere los Q100 mil.

Ley vetada

Los cambios al Reglamento fueron aprobados después de que el mandatario Alejandro Giammattei se vio obligado a vetar los cambios a la Ley de Contrataciones del Estado que realizó el Congreso en abril, debido a que estos permitían a proveedores estatales hacer negocios más onerosos sin el aval del Registro General de Adquisiciones del Estado (RGAE).

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