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Diario de Los Altos

Metrópoli

¿Ley para encarcelar y matar mujeres?

El Congreso de la República aprobó en horas de la noche de este 8 de marzo, la polémica “Ley para la protección de la Vida y la Familia”. Con 101 votos a favor, 51 ausentes y 8 en contra, fue aprobada la redacción final, con el fondo de revisión incorporado, del proyecto de decreto que dispone aprobar la iniciativa 5272.

La Secretaría del Organismo Legislativo informó que a este decreto le corresponde el número 18-2022. Ahora la normativa deberá ser enviada al Ejecutivo para su sanción y posterior publicación en el Diario de Centro América. Se desconoce si el presidente Alejandro Giammattei sancionará o vetará la normativa.

¿QUÉ APROBARON?

La ley establece que tiene por objetivo la protección del derecho a la vida, la familia, la institución del matrimonio entre un hombre y una mujer, la libertad de conciencia y de expresión, así como el derecho de los padres en orientar a sus hijos en el ámbito de la sexualidad. El documento consta de tres capítulos que contienen 21 artículos.

ABORTO

Entre otros puntos, los Artículos comprendidos entre el número 4 al 13 existen cambios al Código Penal, que aumenta las penas a cualquier tipo de aborto, dejando en una situación jurídica compleja a las mujeres que por quebrantos de salud protagonicen un aborto involuntario.

Independiente el tipo de aborto las sanciones penales podrían ir desde los 5 años de cárcel hasta los 25, penas que no son conmutables.

ENSEÑÁNZA EN COLEGIOS Y ESCUELAS

Además, el artículo 15 habla de que la educación sexual es exclusiva de los padres de familia, impidiendo a cualquier centro educativo dar orientación sexual.

“Se prohíbe a las entidades educativas públicas y privadas, promover en la niñez y adolescencia, políticas o programas relativos a la diversidad sexual y la ideología de género o enseñar como normales las conductas sexuales distintas a la heterosexualidad o que sean incompatibles con los aspectos biológicos y genéticos del ser humano”.

MATRIMONIOS SON ENTRE HOMBRE Y MUJER

Mientras que, el Artículo 16 señala que, “se prohíbe expresamente el matrimonio entre personas del mismo sexo”. En tanto, el Artículo 17 remarca que no será válida cualquier unión de hecho entre una pareja del mismo sexo.

DIVERSIDAD SEXUAL

El Artículo 18 expone lineamientos a la sociedad en general, explicando que toda vez no se transgreden normas, cualquier persona está en la libertad de no compartir la diversidad sexual.

“Ninguna persona podrá ser perseguida penalmente por no aceptar como normal la diversidad sexual o la ideología de género, siempre que no hubiere infringido disposición legal alguna o hubiere atentado contra la vida, la integridad o la dignidad de las personas o grupos que manifiesten conductas y prácticas distintas a la heterosexualidad”.

FUNCIONARIOS QUE DEBEN HABLAR DE MATRIMONIO DE HOMBRE Y MUJER

El Artículo 19 va dirigido a los funcionarios de Estado, en donde se enfatiza que cualquier participación oficial en representación de Guatemala debe de ir de la mano con los lineamientos legales vigentes en el país, de no hacerlo podrían incurrir en responsabilidades legales.

“Las posiciones o compromisos expresados o adquiridos en contravención a esta disposición, serán nulas de pleno derecho, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles y administrativas que serán deducidas al infractor”.

LA DISCUSIÓN Y LA OPOSICIÓN

Fueron necesarias varias horas para que la referida normativa fuera aprobada, esto a pesar de la oposición de varias bancadas cuyos integrantes expresaron abiertamente su rechazo.

El diputado Walter Félix, de la bancada URNG, añadió “nos oponemos a la aprobación de esta ley, porque solo reconoce un tipo de familia cuando en el país hay más de un tipo”.

El diputado Samuel Pérez, señaló que su voto va a ser en contra de esta ley que está mal llamada como Ley por la vida y la familia, ya que debería de llamarse “Ley para encarcelar y matar mujeres”.

En tanto la diputada Vicenta Jerónimo del bloque Movimiento para la Liberación de los Pueblos, aseguró que esa ley es contradictoria porque en la Constitución Política de la República prevalece el derecho de igualdad, agregó que la propuesta no favorece a las mujeres.

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